| Decisiones del International F. A. Board |
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- Decisión 1
En partidos de competición se permitirá solamente el uso de balones que correspondan a las especificaciones técnicas mínimas estipuladas en la Regla 2.
- En los partidos de competiciones de la FIFA y en partidos de competiciones
bajo los auspicios de las confederaciones, la aprobación del uso de un balón estará sujeta a que el balón tenga una de las tres denominaciones siguientes:
• El logotipo oficial "FIFA APPROVED" o
• el logotipo oficial "FIFA INSPECTED" o
• la referencia "INTERNATIONAL MATCHBALL STANDARD"
Una denominación tal servirá para indicar que el balón ha sido debidamente
controlado y cumple las especificaciones técnicas, diferentes para cada categoría y adicionales a las especificaciones mínimas estipuladas
en la Regla 2. La lista de dichas especificaciones adicionales, características de cada una de las categorías, deberá ser aprobada por el International F.A. Board. Los organismos que llevan a cabo los controles de calidad serán seleccionados por la FIFA.
Las competiciones de asociaciones miembro podrán exigir el uso de balones que lleven una de las tres denominaciones mencionadas.
En todos los demás partidos, el balón deberá cumplir las exigencias de la Regla 2.
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