miércoles 08 junio 2011, 17:37

Reglamento de verificación de identidad sexual para torneos FIFA

Como respuesta a la propuesta que presentó la Comisión de Medicina de la FIFA, el Comité Ejecutivo de la FIFA, en su reunión del 30 de mayo de 2011, aprobó el Reglamento de la FIFA para la Verificación de la Identidad Sexual. Esta normativa se aplicará a todas las competiciones de la FIFA con efectos inmediatos.

Las competiciones de la FIFA se circunscriben a grupos específicos, clasificados por edad y sexo para que el cartel de participantes sea totalmente parejo e igualitario. Los andrógenos, u hormonas sexuales masculinas, promueven e intensifican el rendimiento, especialmente en aspectos como la fuerza física, el vigor y la velocidad, una situación que puede proporcionar ventaja e influir en el resultado de los partidos. Para mantener la integridad del fútbol hay que garantizar que todos los jugadores cumplan con los criterios de participación respectivos. Principalmente a las asociaciones miembros y al cuerpo médico de los equipos les corresponde la responsabilidad de certificar la identidad sexual de sus jugadores.

El sexo y la identidad sexual son resultado de un proceso de desarrollo físico y psicológico complejo, hasta el punto de que la diferenciación aparentemente clara entre hombres y mujeres puede resultar difícil en ciertas situaciones. Por lo tanto, junto con la garantía de un cartel de participantes igualitario y parejo para todos los jugadores, uno de los principales objetivos que persigue el Reglamento de la FIFA para la Verificación de la Identidad Sexual consiste en proteger la dignidad y la intimidad de las personas. Por eso, la normativa define unos trámites de gestión tipificados para la verificación de la identidad sexual de todos los futbolistas, siempre que exista una duda bien fundada.

La gestión individual de cada caso es obligatoria para proteger la dignidad y la intimidad de las personas. En las competiciones de la FIFA no se llevarán a cabo exámenes de verificación ni obligatorios ni rutinarios. A cada asociación miembro le corresponde asegurarse, antes del nombramiento de su selección nacional, de la correcta identificación sexual de todos sus jugadores. Para conseguirlo, deberá investigar activamente cualquier desviación perceptible en las características sexuales secundarias y conservar la documentación completa de los resultados.

El reglamento limita las personas jurídicas o naturales con derecho a solicitar trámites de verificación de la identidad sexual en las competiciones de la FIFA al jugador en cuestión, una asociación, el cargo médico de la FIFA designado o el Jefe Médico de la FIFA. Además, las normas definen los requisitos formales de tal solicitud y estipulan que debe fundamentarse en razones y pruebas. Si no se cumplen los requisitos formales de la solicitud, o resulta obvio que esta carece de fundamento o credibilidad, el Secretario General de la FIFA rechazará la solicitud. De hecho, si se elevara una protesta irresponsable o infundada, la Comisión Disciplinaria podría imponer sanciones.

Cuando se abran trámites para la verificación de la identidad sexual, se seguirá un procedimiento escalonado: el médico del equipo suministrará los documentos requeridos para una investigación pormenorizada, como el historial médico, los niveles de hormonas sexuales, diagnosis, tratamiento y resultados actualizados. En el caso de que se requieran más exámenes, únicamente podrá efectuarlos un experto independiente, que se buscará en el propio país anfitrión. Cuando un experto no sea capaz de aclarar la situación, se encargará a un grupo de especialistas que lleve a cabo una investigación exhaustiva.

Exclusivamente la Comisión Disciplinaria de la FIFA tendrá potestad para imponer sanciones. En la Copa Mundial Femenina de la FIFA Alemania 2011™ se nombrará a un experto independiente para que colabore en dichos trámites en el caso de que se requieran. 

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